CONSEJOS PRÁCTICOS PARA HACER NEGOCIOS EN PANAMÁ





2. Imagen de su país y sus productos. Aproveche la buena imagen que tenga su país y sus productos en Panamá para entablar su relación comercial.

3. Paciencia. Tenga paciencia en su relación comercial ya que es posible que los tiempos de su país sean muy diferentes a los que habitualmente ocurren en Panamá.

4. Asesoría. Asesórese con INTELIGENCIA COMERCIAL (INTELCOMER) sobre los asuntos que pueda tratar en Panamá.

5. El clima. Tome en cuenta que Panamá tiene un clima tropical húmedo y esto afecta la programación de actividades.

6. Regímenes de Comercio. Panamá tiene dos tipos de regímenes aduaneros, unos es la Zona Libre de Colón y la República de Panamá . Muchas empresas tienen negocios en ambos regímenes.

7. Ubicación de Panamá. Aproveche la ubicación de Panamá para sus negocios. La conexión con Centro y Suramérica, Norteamérica y Caribe así como ser el paso de importantes rutas de comercio marítimo permiten utilizar a Panamá como centro de negocio.

8. Tamaño de la empresa local. Las empresas locales son relativamente pequeñas, por que lo que los volúmenes de contratación son también pequeños.

9. Cultura. Aproveche la proximidad cultural con los panameños (para países dé habla hispana). 

CLAVES PARA HACER NEGOCIOS CON PANAMÁ

ESTRATEGIAS DE NEGOCIACIÓN
Los negocios en Panamá se realizan casi exclusivamente en la capital, que concentra a la población con mayor poder adquisitivo y es la sede de las principales empresas. El hombre de negocios panameño está muy imbuido en la cultura de Estados Unidos. Por ello es positivo presentar documentación y redactar la correspondencia comercial en inglés. Si se tiene experiencia en el mercado norteamericano hay que resaltarlo.

La cadena de distribución es corta, el importador es distribuidor y a la vez mayorista, en algunos casos llega incluso a la venta al por menor. En la capital existen varias cadenas de supermercados y de grandes superficies, algunas de las cuales importan directamente. Como consecuencia de la escasa dimensión del mercado, los empresarios panameños están abiertos a diversificar hacia negocios o segmentos de mercado que no son su especialidad. Por ello no hay que tener reparo en proponerles distintos negocios ya que tienen mucha experiencia en operaciones de importación y exportación.

Realizar negocios en Panamá exige dedicar tiempo a establecer buenas relaciones personales, dado que el ritmo de las negociaciones es lento. Se debe poner énfasis en la compatibilidad de las dos empresas y en los beneficios mutuos. Además, el empresario panameño acostumbra a solicitar la exclusividad en la importación del producto. Al negociador panameño le cuesta decir "no". Expresiones como "es posible" o "lo estudiaremos" son más bien formas educadas de rehusar una propuesta. Un "sí" tendrá que esperar a la firma del contrato para que sea definitivo.

NORMAS DE PROTOCOLO

La forma de saludo es el apretón de manos seguido de la expresión "Buenos días", "Buenas tardes" o simplemente "Buenas". La expresión "Hola" es considerada demasiado coloquial en un contexto de negocios. El trato es formal. Debe usar el "Usted y solamente pasar al "tú" o utilizar nombres propios cuando ellos lo sugieran. La puntualidad en las citas no es una práctica muy extendida. Un retraso de hasta media hora se considera normal. No se debe mostrar extrañeza ni enfado por ésta flexibilidad en los horarios.

La comida de negocios más habitual es el almuerzo que se celebra a partir de las 12:00 hras. La cena es a partir de las 20:00 hras. Ambas suelen terminar con una sobremesa y una copa en el mismo restaurante que tuvo lugar la reunión. En ambientes de negocios formales se debe vestir con traje y corbata. En ambientes más informales esta muy generalizado el uso de camisilla, una camisa ligera, de cuello abierto, que se deja caer por encima del pantalón.

PANAMÁ: PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL

Patentes y marcas

La ley Nº 35 de 10 de mayo de 1996 regula la propiedad industrial, incluyendo todo lo relativo a patentes y marcas. La propiedad industrial es competencia de la Dirección General del Registro de la Propiedad Industrial (DIGERPI), del Ministerio de Comercio e Industrias.

Marcas
La marca es el signo distintivo usado por el empresario para diferenciar en el mercado sus productos o servicios de los productos o servicios de sus competidores. Tiene derecho preferente a obtener el registro de una marca, la persona que la estuviera usando en el comercio desde la fecha más antigua. Cuando una marca no estuviera en uso, el registro se concederá a la persona que presente primero la solicitud correspondiente o que invoque la fecha de prioridad más antigua.

La persona natural o jurídica que haya registrado una marca de fábrica en el exterior es la única persona que tiene el derecho de registrar esa marca en Panamá como una marca extranjera. En caso de conflicto entre dos o más tenedores de la misma marca, la propiedad se otorgará al primer poseedor.
Para poder registrar una marca, esta debe reunir determinados requisitos de validez o registrabilidad, debe ser distintiva y no encontrarse en los casos siguientes:
- marcas extranjeras que no estén previamente registradas en su país de origen.
- marcas que contengan banderas, escudos de la república, municipios o naciones extranjeras.
- marcas que contengan retrato, nombres de personas y no posean autorización previa. Se exceptúan los casos de retratos o nombres de personajes históricos.
- marcas que consistan en información sobre clase, fecha, lugar de fabricación, calidad, destino, precio, cantidad, peso o denominación usual del producto.
- marcas que sean idénticas o parecidas a otras registradas o conocidas.
- marcas que atenten contra la moral.

Para obtener el registro de una marca, se elevará una solicitud a la DIGERPI, a través de un abogado, presentándose los siguientes documentos: datos de la persona física o jurídica; denominación y/o diseño de la marca tal como será usada en el mercado; especificación de los productos o servicios en los cuales la marca será usada; declaración jurada respecto al uso de la marca; comprobante de haber pagado los derechos de registro, inscripción y publicación; seis etiquetas de la marca, una de las cuales deberá adherirse en la solicitud.

Encontrada conforme la solicitud de registro, se ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Registro de la Propiedad Industrial (BORPI). Durante el término de dos meses, contado a partir del día siguiente a la publicación cualquier persona puede presentar demanda de oposición al registro de marca solicitado. De no mediar demanda de oposición, se ordenará el registro de la marca.
El registro de una marca tiene una duración de diez años, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud y puede ser renovado indefinidamente por períodos iguales, siempre que así se solicite dentro del término correspondiente y se paguen los derechos fiscales.
Los derechos a satisfacer en relación con las marcas son los siguientes:
por solicitud de marca 10 dólares
por registro de una marca 100 dólares
por cada solicitud de prórroga 10 dólares

Patentes

La persona natural que realice una invención, tendrá el derecho exclusivo de su explotación. Este derecho se otorgará a través de patentes. El titular de una patente puede ser persona natural o jurídica. Para obtener una patente debe presentarse, a través de un abogado panameño, una solicitud de patente a la DIGERPI, acompañada de una descripción, un resumen, los dibujos correspondientes, así como el comprobante de haber pagado las tasas correspondientes.
Cuando se solicite una patente ya presentada en otros países, se reconocerá como fecha de prioridad la del país en que se presentó primero. Para este fin, deberá haberse presentado la solicitud respectiva en la República de Panamá, dentro de los plazos que determinan los convenios internacionales vigentes sobre la materia, ratificados por Panamá.

La DIGERPI denegará total o parcialmente la solicitud, si estima que su objeto no es patentable. Si la DIGERPI acepta la solicitud, hará saber al solicitante que para dar continuación al procedimiento de concesión, deberá pedir la realización de un informe sobre el estado de la técnica dentro de los plazos establecidos en la ley. Posteriormente la DIGERPI ordenará la publicación de la solicitud de patente en el BORPI. Finalmente la DIGERPI procederá a conceder la patente solicitada, previo pago de los derechos correspondientes.

Los derechos a satisfacer en relación con las patentes son los siguientes:
por solicitud de patente 10 dólares
por solicitud de informe sobre el estado de la técnica 200 dólares
por concesión de una patente * los 5 primeros años 100 dólares
* los 5 años siguientes 200 dólares
* los 5 años siguientes 200 dólares
* el resto del tiempo 300 dólares
La patente tiene una vigencia de 20 años improrrogables.

PANAMÁ: ESTÁNDARES Y NORMAS

Dirección General de Normas y Tecnología Industrial (DGNTI)

La DGNTI se integra dentro del Ministerio de Comercio e Industrias y tiene las siguientes funciones:

FUNCIÓN NORMALIZADORA: ente nacional de normalización, que actúa en la elaboración, adopción o adaptación de normas en el ámbito de la industria, comercio y servicio. Además, es el organismo notificador competente para divulgar dicha información normativa ante las instancias nacionales e internacionales, y la OMC.

FUNCIÓN CERTIFICADORA: organismo certificador autorizado para establecer acuerdos con instituciones nacionales e internacionales, para el reconocimiento mutuo con organismos de certificación e inspección de laboratorios de pruebas y ensayos y metrología, de acuerdo con los procedimientos establecidos.

FUNCIÓN SUPERVISORA: vigilar, verificar y sancionar a los fabricantes e importadores de bienes y servicios sometidos al cumplimiento de normas técnicas y/o reglamentos técnicos, sin perjuicio de las acciones pertinentes.

FUNCIÓN COORDINADORA: coordinadora de los Comités Sectoriales de Normalización en el ámbito de Reglamentos Técnicos. Además, coordinará las actividades en el campo de la Metrología, que serán ejecutadas por un organismo técnico competente (Universidad Tecno-lógica de Panamá, Autoridad del Consumidor y de la Libre Competencia).

Comisión Panameña de Normas Industriales y Técnicas (COPANIT)

La Comisión Panameña de Normas Industriales y Técnicas (COPANIT), es un ente de consulta y un organismo asesor del Ministerio, no tiene función de expedir normas, sólo asesora. Revisa los proyectos de normas dentro del período de discusión pública. Esta integrado por representantes del sector público y privado (son catorce miembros) y se convoca por llamado de la DGNTI .

Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos (AUPSA)
La Autoridad Panameña de Seguridad de Alimentos es una entidad rectora del Estado creada para asegurar el cumplimiento y aplicación de las leyes y reglamentos en materia de seguridad de alimentos introducidos al territorio nacional, con el fin de garantizar a los consumidores la introducción de alimentos de calidad, libres de plagas y enfermedades bajo criterios estrictamente científicos y técnicos.

PANAMÁ: CANALES Y ESTRATEGIAS DE DISTRIBUCIÓN

Dependiendo del sector los factores de comercialización en Panamá se caracterizan por:
• Alta concentración en pocas empresas conformadas a través de grupos o holdings de tipo familiar.
• Alta concentración geográfica (alrededor del 75%) en la región metropolitana (Colón y Panamá). En algunos sectores llega al 90%.
• Especialización geográfica tanto de la industria como de los servicios en tres zonas -Panamá (industria y servicios), Colón (Zona Libre) y Chiriquí (agroindustria).
• El tamaño empresarial es pequeño, pues son muy pocas las empresas de más de 500 trabajadores, todas ellas del sector servicios.
• Comercialización a través de exclusivas. El empresario panameño prefiere ante todo la exclusividad del producto.
• Comercialización de bienes y servicios: existen los canales y figuras habituales, importadores, distribuidores, puntos de venta mayoristas y minoristas. Importancia más del precio sobre la marca, lo que explica el gran número de importaciones de sudeste asiático.
• Baja especialización de los importadores: (importan de todo, desde máquina herramienta a alfileres, etc). Se debe al limitado tamaño del mercado, que les impide dedicarse a un sólo producto.
• La cadena de comercialización es corta. El importador es distribuidor a la vez y mayorista, en algunos caso hasta llega a la venta al al por menor.
• Utilización de la Zona Libre de Colón como un gran centro de almacenamiento y manejo de inventarios para el mercado panameño, sobre todos en productos no perecederos procedentes de Asia.
En todas las transacciones se aplica el Impuesto de Transferencia de Bienes Muebles y Servicios (ITBMS). que implican la transmisión o transferencia de productos o mercancías. Este impuesto ITBMS se cobra en el momento de realizar ventas de bienes de consumo y servicios. Los vendedores deben cobrar el impuesto y remitirlo al Ministerio de Economía y Finanzas periódicamente (mensual o trimestral).

En la mayoría de los casos la tasa de este impuesto es del 5% del valor de venta. También se aplica para el caso de las importaciones. El arancel medio en Panamá es del orden del 10-15%. En casos excepcionales llega al 40%, 50% ó 60%.

Las entidades regulatorias son la Autoridad de Protección del Consumidor y Defensa de la Competencia para las actividades económicas en general y el Autoridad Nacional de los Servicios Públicos para la regulación de los servicios públicos. Para Banca, la Superintendencia de Banca; para Seguros, la Superintendencia de Seguros; en Bolsa, la Comisión Nacional de Valores; en Transporte terrestre, la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre; Transporte Marítimo, la Autoridad Marítima de Panamá; Transporte Aéreo, la Autoridad de Aeronáutica Civil.